1016,1973,1973-07-05,1973-07-12,ARTICULO 1º: Dónase a la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con personería gremial Nº 107, un lote de terreno de propiedad municipal designado en el plano 14-24-57 del Partido de Campana, como parcela 12 de Circunscripción I, Sección C, Manzana 243, compuesto de ocho metros con setenta y seis centímetros de frente por treinta y cuatro metros con sesenta y seis centímetros de fondo, o sea una superficie de doscientos noventa y nueve metros cuadrados con noventa y ocho decímetros cuadrados, lindando por su frente Sur con la calle Florentino Ameghino, al Este con el loto número ocho, al Norte con parte del lote número nueve y al Oeste con el lote número seis, todos en su manzana. Dominio inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el Nº 211 del año 1957, del Partido de Campana, a nombre de MUNICIPALIDAD DE CAMPANA, para ser afectado a la construcción de un local destinado a la sede social de la filial de la nombrada Federación, SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE CAMPANA. ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para firmar oportunamente la respectiva escritura traslativa de dominio y realizar los trámites pertinentes para efectivizar la donación. ARTICULO 3º: La donación efectuada por el artículo 1º de la presente Ordenanza, será revocable en el caso de que no se inicien las obras de construcción de la sede social, de que dan cuenta las fs. 1, 2, 7, 8, 15 y 17, del expediente Nº 4016-014010/71, dentro del plazo máximo de dos años a contar de la escrituración traslativa del dominio, o no se les dé término dentro de los cinco años contados a partir de la misma fecha. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n