DIGESTO

Expediente N°1018

1018,1973,1973-07-19,1973-07-24,ARTÍCULO 1º- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 970, el que quedará redactado en la siguiente forma:nn“Art. 1º:t“Declarase de utilidad pública y de pago obligatorio para los propietarios de los inmuebles beneficiados, las obras de infraestructura.”nnARTÍCULO 2º- Modifícase el artículo 4º de la Ordenanza Nº 970, el que quedará redactado en la siguiente forma:nn“Art. 4º:t“Autorízase al Departamento Ejecutivo para conceder créditos a los vecinos obligados al pago de las obras referidas en el artículo 1º, los que serán atendidos con los recursos afectados que se originen en prestamos obtenidos por la Municipalidad”.nnnARTÍCULO 3º- Reemplazar el artículo 7º de la Ordenanza Nº 970 por el siguiente:nn“Art. 7º:t“A los efectos de la adjudicación de los créditos dispuestos en el art. 4º, el Departamento Ejecutivo dispondrá el funcionamiento de una “Comisión Especial de Créditos”.nnARTÍCULO 4º- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.n