1074,1974,1974-05-13,1974-05-28,ARTICULO 1º: Decláranse subrogados en los derechos de Don Julio RUEDA, su cónyuge Doña América ARGUIÑANO y a su hijo Julio Alberto RUEDA y ARGUIÑANO. ARTICULO 2º: La Escribanía General de Gobierno, procederá a otorgar la escritura traslativa de dominio de la vivienda Nº 11 del Barrio Obrero General San Martín, a las personas que se mencionan en el artículo 1º. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.