DIGESTO

Expediente N°1220

1220,1976,1976-01-15,1976-01-22,ARTICULO 1º: Para las infracciones a que se refiere la presente Ordenanza, se aplicaran las siguientes sanciones pecuniarias a saber:nna Por arrojar basuras o desperdicios en la vía publica, sitios baldíos o lugares autorizados _tn$t500.-nb Por arrojar líquidos o residuos cloacales en la vía publica ________________t$t500.-nc Los propietarios de perros que no cuenten con la correspondiente patente, abonaran $300.-nARTICULO 2º: Queda establecido que por violación de todas aquellas normas comunales, referentes a seguridad e higiene que no estén contempladas en el art. 1° de esta Ordenanza, se establecerá una multa equivalente a ___________ $ 300. ARTICULO 3º: Disponese que para los casos de destrucción de bienes públicos, el responsable deberá responder del costo total de la reposición, además de una multa igual a la establecida en el artículo anterior. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n