1255,1977,1977-01-21,1977-01-21,ARTICULO 1º: Modificase el art. 19º de la Ordenanza N° 1149/75, el que quedará redactado de la siguiente manera :n“ Articulo 19º.- Todos los vehículos que circulen por el Municipio, lo harán conservando la derecha de su dirección y lo más cerca posible del cordón de las aceras; quedando prohibido girar a la izquierda a todos los que circulen por Avenidas de doble mano”. ARTICULO 2º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.-n