DIGESTO

Expediente N°1466

1466,1979,1979-11-19,0979-11-19,ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar, a partir del 1º de Septiembre de 1979, un adicional “Por Actividad Crítica” a los agentes del Centro de Cómputos que revisten en los cargos de las clases salariales correspondientes a las funciones de Programadores y Operadores, conforme a los siguientes porcentajes sobre los respectivos sueldos básicos:nnProgramadores ……………………………….. hasta el 30%nOperadores …………………………………….. hasta el 30%nnARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza, establecimiento las funciones que sea necesario bonificar y el porcentaje de adicional a otorgar. ARTICULO 3º: Fíjase el haber básico del Contador Municipal, a partir del 1º de Septiembre de 1979, en la suma de $ 2.538.000. ARTICULO 4º: Cúmplase. Regístrese. Publíquese.-n