DIGESTO

Expediente N°1480

1480,1980,1980-02-06,1980-02-06,ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el texto del articulo 2º de la Ordenanza Nº 1462 del 6 de noviembre de 1979, por el siguiente: nn “ARTICULO 2º.- El empréstito será cancelado en un plazo de tres 3 años, con un interés del veinticuatro por ciento 24% anual, pagadero por semestre vencido y reajustable”.-n nARTÍCULO 2º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.- n