DIGESTO

Expediente N°1577

1577,1981,1981-06-11,1981-06-11,ARTICULO 1º: Fíjase para el Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del Partido de Campana, las tarifas que a continuación se señalan:nnPor bajada de bandera ……………………………. $ 4.000,00.-nPor cada 100 m. recorridos ……………………….$ 400.00.-nPor cada minuto de espera ……………………….$ 400,00.-nPor cada bulto que exceda los nAutorizados a llevar sin cargo ……………………$ 1.000,00. nARTICULO 2º: Las tarifas establecidas en el artículo anterior regirán a partir de la cero hora de la sanción de la presente Ordenanza, siempre y cuando los propietarios de taxímetros hubieran dado cumplimiento a lo exigido en los arts. 2º in fine y 18º de la Ordenanza Nº 1376/78. ARTICULO 3º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza registrada bajo el número 1537 del 11 de diciembre de 1980. ARTICULO 4º: Cúmplase, Regístrese y Publíquese.-n