DIGESTO

Expediente N°1602

Ordenanza: 1602
Año: 1981
Fecha de Sanción: 10-11-1981
Fecha de Promulgación: 10-11-1981

DEROGACIÓN TOTAL

Desaféctase de su destino original (calle pública) a la fracción de terreno correspondiente a la prolongación de la calle Vicente López y planes, en el tramo comprendido entre la calle Juan Bautista Alberdi y el linde del predio perteneciente al Tiro Federal Argentino de Campana con el inmueble que ocupa la Planta Industrial TREFILA de la Empresa “DALMINE-SIDERCA S.A.I.C.”, en jurisdicción de este Partido.-

1ARTICULO 1º: Desaféctase de su destino original (calle pública) a la fracción de terreno correspondiente a la prolongación de la calle Vicente López y planes, en el tramo comprendido entre la calle Juan Bautista Alberdi y el linde del predio perteneciente al Tiro Federal Argentino de Campana con el inmueble que ocupa la Planta Industrial TREFILA de la Empresa “DALMINE-SIDERCA S.A.I.C.”, en jurisdicción de este Partido.-

ARTICULO 2º: Concédese al Tiro Federal Argentino de Campana, con domicilio en la Ruta Nacional Nro. 12, Km. 78,500 del Partido de Campana un permiso de uso de carácter precario para la utilización del predio mencionado en el artículo anterior, con destino a la construcción de una cancha de rugby, por el termino de cinco (5) años renovables, a contar de la fecha de sanción de la presente.-

ARTICULO 3 º .- Exímese, con carácter excepcional a la beneficiaria del pago del canon anual que al efecto establece el artículo 28, inciso c) de la ley 9533, en virtud de lo dispuesto por el artículo 29 de la misma norma legal, atento a los desinteresados y loables fines que persigue esa Institución.-

ARTICULO 4 º.- El permiso de uso precario a título gratuito que se otorga por la presente, podrá ser revocado unilateralmente por la Municipalidad, cuando lo estimare oportuno, mediante notificación que se efectuará con TRES (3) meses de anticipación, pudiendo luego de vencido dicho término tomar posesión del inmueble con auxilio de la fuerza pública, si fuera necesario y sin necesidad de intervención judicial.-

ARTICULO 5º: El permiso de uso precario objeto de la presente se otorga exclusivamente para el destino expresamente mencionado en el artículo 2, no pudiendo ser utilizado para ningún otro fin, quedando la beneficiaria obligada a mantener el predio libre de malezas y a facilitar a la Municipalidad de Campana, a su pedido, el uso de la cancha a construirse.-

ARTICULO 6 º.- Por Secretaría de Gobierno, notifíquese a la interesada con fotocopia autenticada de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 7 º.- Cúmplase. Regístrese y Publíquese.