Ordenanza: 1609
Año: 1981
Fecha de Sanción: 30-12-1981
Fecha de Promulgación: 30-12-1981
utorízase a la CAMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS a aplicar para el transporte de pasajeros del Partido de Campana las tarifas
ARTICULO 1º: Autorízase a la CAMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS a aplicar para el transporte de pasajeros del Partido de Campana las tarifas que a continuación se detallan, confrome el incremento acordado en el ámbito provincial por Decreto Nº 1732 del 30 de noviembre de 1981, emanado del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y en las que se encuentra contemplado el diez por ciento (10%) de incremento autorizado por al Dirección del Transporte del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo solicitado a fs. 437 y constancias obrantes a fs. 402/403 y 439/440 del expediente Nº 4016-16476/76 (Cuerpo II):
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ARTICULO 2º: Los aumentos autorizados por la presente Ordenanza tendrán vigencia desde la cero (0) hora del día 2 de diciembre de 1981.-
ARTICULO 3º: Por Dirección de Gobierno notifíquese con fotocopia autenticada de la presente Ordenanza a la CAMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS.-
ARTICULO 4º: Cúmplase. Regístrese y Publíquese.