Ordenanza: 1615
Año: 1982
Fecha de Sanción: 28-01-1982
Fecha de Promulgación: 28-01-1982
Autorización Cooperadora de la Escuela N° 7
ARTICULO 1º.- Autorizase a la Cooperadora de la Escuela N° 7 de Campana, a la realización de un Corso Vecinal durante los días 19, 20, 21, 22, 23, 27 y 28 del mes de febrero y días 5, 6 y 7 del mes de marzo de 1982, en el horario de 21 a 1hs, en la Avenida Ingeniero Agustín Rocca desde Estación del Ferrocarril General Bartolomé Mitre hasta Plaza Dr. Eduardo Costa.-
ARTICULO 2º : La Municipalidad de Campana se reserva el ejercicio del poder de policía, en materia de moralidad, seguridad e higiene publicas, pudiendo considerar como falta todo acto u omisión que a su juicio, y en cada caso particular atente o transgreda tales preceptos y suspender y/o revocar la autorización otorgada en el caso que lo estime necesario, sin perjuicio de la aplicación del Código de Faltas Municipales.-
ARTICULO 3º : A los fines expuestos en el artículo 1°, la Cooperadora de la Escuela N° 7, queda autorizada a organizar la fiesta carnavalesca, por si o por intermedio de terceras personas, cuya contratación quedara exclusivamente a su cargo, lo que le permitirá ejecutar los arreglos ornamentales y/o luminicos sin perjudicar la calzada y/o acera y/o cualquier otro elemento existente sobre las mismas que pertenezca al dominio publico municipal, como así también instalar unidades comerciales móviles para la venta de artículos de cotillón, choripan, bebidas gaseosas y afines.-
ARTICULO 4º : La autorización que se otorga no incluye derecho alguno de la Cooperadora autorizada para el cobro de entradas al espectáculo, sin perjuicio de lo cual podrán solicitarse donaciones, por las personas, a los fines autorizados por la Municipalidad.-
ARTICULO 5º : Queda terminantemente prohibido el juego con agua o con cualquier otro elemento de carácter contundente, durante el desarrollo del corso, igual que el transito vehicular por la Avenida Ingeniero Agustín Rocca, en el mismo lapso.-
ARTICULO 6º : Toda explotación comercial a realizarse en la calzada y/o acera de la Avenida Ingeniero Agustín Rocca, en el transcurso del corso podrá ser ejecutada por la Cooperadora de la Escuela N° 7y/o personas que esta indique y deberá contar con el previo permiso municipal, sin que ello signifique limitar la explotación comercial de los locales de negocios ya habilitados sobre dicha arteria.-
ARTICULO 7º : Queda terminantemente prohibido la realización de rifas, sorteos y/o cualquier otro juego de azar durante la realización del corso, como así también la venta de bebidas alcohólicas, excepto en los negocios habilitados a tal fin con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 8º : La Cooperadora de al Escuela N° 7, queda obligada, a través de su Presidente, Secretario y Tesorero, quienes responderán personal y solidariamente, a rendir cuentas en forma documentada, de los resultados económicos que obtuviera por la organización del corso y de la inversión de las eventuales utilidades que ello le reporte, para ser destinadas a la construcción, reparación y/o refacción del Edificio del citado establecimiento educacional, en un plazo no superior a los treinta días de la finalización del mismo.-
ARTICULO 9º : La contratación de comparsas, contara con la supervisión de la Municipalidad de Campana, en lo que respecta al todo cuanto puede afectar la moral publica, las buenas costumbres y los sentimientos humanitarios, reservándose además el derecho de prohibir la entrada al Corso, a aquellas que a su juicio creen riesgos para la seguridad psíquica de la población.-
ARTICULO 10º : Solicítese por Dirección de Gobierno, amplio apoyo policial para preservar la seguridad de las personas durante la realización del evento e instrúyase al Departamento Transito para controlar el buen desenvolvimiento del transito vehicular y peatonal en la Avda. Ingeniero Agustín Rocca y calles aledañas, en el transcurso del mismo.-
ARTICULO 11º : La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su sanción.-
ARTICULO 12º : Por Secretaria de Gobierno notifíquese a la interesada.-
ARTICULO 13º : Cúmplase. Regístrese y Publíquese.-