Ordenanza: 1622
Año: 1982
Fecha de Sanción: 12-03-1982
Fecha de Promulgación: 12-03-1982
Tarifa de Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.
ARTICULO 1º: Fíjase para el Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del Partido de Campana, las tarifas que a continuación se indican:
Por bajada de bandera ……………………………. $ 8.000,00.-
Por cada 100 m. recorridos ……………………….$ 700.00.-
Por cada minuto de espera ……………………….$ 700,00.-
Por cada bulto que exceda los
Autorizados a llevar sin cargo ……………………$ 2.000,00.-
ARTICULO 2º: Las tarifas establecidas en el artículo anterior regirán a partir de la cero hora del día siguiente al de la sanción de la presente Ordenanza, siempre y cuando los propietarios de taxímetros hubieran dado cumplimiento a lo exigido en los arts. 2º in fine y 18º de la Ordenanza Nº 1376/78.-
ARTICULO 3º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza Nº 1599 del 26 de octubre de 1981.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, Regístrese y Publíquese.-