DIGESTO

Expediente N°1636

1636,1982,1982-06-08,1982-06-08,ARTICULO 1º: Autorizase a la Empresa Transportes Automotores Ciudad de Campana S.R..L., concesionaria de diversas líneas de transportes de pasajeros, en virtud de lo dispuesto mediante Ordenanza Nro. 116/74, modificada en su articulo 8º por Ordenanza Nro. 1418/79, a prolongar la prestación del servicio hasta el barrio “Las Praderas” del partido de Campana, con un “alargue” de la línea “Ariel del Plata”. ARTICULO 2º: a los efectos de lo dispuesto precedentemente sustituyese el texto del articulo 8º de la Ordenanza Nro. 1116/74 t.o. en lo que respecta al apartado “Ramal Nro. 9 – Ariel del Plata”, el que quedara redactado de la siguiente manera: nn“Ramal Nro. 9: “Ariel del Plata”nIda: Salida de Estaciona F.C. Mitre, San Martín, 9 de julio, Rivadavia, Del Pino, Camino Lateral izquierdo, Avda. Coronel Julio A. Del Valle Larrabure, Camino Lateral derecho, Acceso al barrio “Ariel del Plata, A. Goujon, A. Coltelli, Barrio “Las Campanas”, Demarco y Lateral derecho, calle sin nombre altura Km. 70 Ruta nacional Nro. 9, calle Viboud hasta J. Pujalet, barrio “Las Praderas”.nnRegreso: Salida del barrio “Las Praderas”, Viboud, calle sin nombre altura Km. 70 Ruta Nacional Nro. 9, lateral derecho, Angel Schinoni, A. Coltelli, A. Goujon, acceso barrio “Ariel del Plata”, Camino lateral derecho, Avda. Julio A. del Valle Larrabure, Camino Lateral Izquierdo, Del Pino, Rivadavia, 9 de julio, Belgrano, Alem, estación F. C. Mitre.nnSeccionado:n1ra. Secciona: Rivadavia y Ameghino.n2da. Sección: Rivadavia y Del Pino.n3ra. Sección: Camino Lateral y Acceso Barrio del pino.n4ta. Sección: Barrio “Las Campanas”.n5ta. Sección: Barrio “Las Praderas”. ARTICULO 3º: Al solo efecto de la prolongación autorizada por medio de la presente Ordenanza exceptuase a la Empresa concusionaria de lo dispuesto en el inciso 3ro. Del articulo 8º de la ordenanza nro. 1116/74 estableciéndose para al quinta sección del Ramal Nro. 9 a titulo experimental y sujeto a modificación de acuerdo a las necesidades de transporte de los habitantes del barrio, los siguientes horarios: nn- Salida Ramal Nro. 9 hasta Barrio Las Praderas:n 6.25, 13.25 y 17.25 horas.nn- Regreso Ramal nro. 9 desde Barrio Las Praderas:n 7.10, 14.10 y 18.10 horas. nARTICULO 4º : La autorización que se otorga por la presente no podrá sobrepasar el termino de la concesión otorgada por ordenanza nro. 1116/74 t.o.. ARTICULO 5º : Por Dirección de Gobierno notifíquese a la interesada. ARTICULO 6º : La presente Ordenanza tendrá vigencia a contar del día de su sanción. ARTICULO 7º : Cúmplase, Regístrese y Publíquese.-n