DIGESTO

Expediente N°1747

1747,1983,1983-11-28,1983-11-28,ARTICULO 1º: Fíjase para el Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro del Partido de Campana, las tarifas que a continuación se indican:nnPor bajada de bandera ……………………………. $a 9,00.-nPor cada 100 m. recorridos ………………………$a 0,60.-nPor cada minuto de espera ……………………….$a 0,60.-nPor cada bulto de exceso …………………………$a 2,00. ARTICULO 2º: Las tarifas establecidas en el artículo anterior regirán a partir de la cero hora del día 4 de noviembre de 1983, siempre y cuando los propietarios de taxímetros hubieran dado cumplimiento a lo exigido en los arts. 2º in fine y 18º de la Ordenanza Nº 1376/78. ARTICULO 3º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza Nº 1728 del 6 de septiembre de 1983. ARTICULO 4º: Cúmplase, Regístrese y Publíquese.