1748,1983,1983-11-28,1983-11-28,ARTICULO 1º: Autorizase a las Empresas prestatarias del servicio de transporte colectivo de pasajeros en jurisdicción del Partido de Campana a aplicar las tarifas que a continuación se detallan, conforme el incremento acordado en el ámbito provincial por Decreto Nro. 1718 del 4 de noviembre de 1983, emanado del superior Gobierno de la provincia de Buenos Aires, y en las que se encuentra contemplando el diez por ciento 10% de incremento autorizado por la Dirección del Transporte del Ministerio de Obras Publicas de la provincia de Buenos Aires: nBoleto Escolar ……………………..$a 1,00.-n1ra. Sección………………………….$a 2,20.-n2da. Sección…………………………$a 3,08.-n3ra. Sección………………………….$a 3,74.-n4ta. Sección………………………….$a 4,40.-n5ta. Sección………………………….$a 4,40.-n6ta. Sección………………………….$a 4,40.-n7ma. Sección………………………..$a 4,95.-n nARTICULO 2º: Los aumentos autorizados por la presente Ordenanza tendrán vigencia desde la cero 0 hora del día 18 de noviembre de 1983. ARTICULO 3º: Por Dirección de Gobierno notifíquese con fotocopia autenticada de la presente Ordenanza a la CAMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS y a la Empresa Expreso Campana S.A.. ARTICULO 4º : Cúmplase, Regístrese y Publíquese. nn