1752,1983,1983-12-09,1983-12-09,ARTICULO 1º: Aceptase la donación de las réplicas de los Escudos Heráldicos de los Partidos de la Provincia de Buenos Aires que se mencionan a continuación, efectuada por sus respectivas Autoridades Municipales, según constancia obrante en expediente Nº 4016-31975/82 cuerpos I y II, con destino al Salón de Escudos de la Municipalidad de Campana…nARTICULO 2º: Los escudos que se aceptan en donación conforme el artículo 1º de la presente, integrarán el Salón de Escudos de la Municipalidad de Campana en el recinto de sesiones del Honorable Concejo Deliberante. ARTICULO 3º: Destínase una réplica del Escudo Heráldico del Partido de Campana, aprobado por el Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, mediante Ordenanza Nº 1269/77, categoría “Al Honor”, para integrar junto con las réplicas cuya donación se acepta por la presente el Salón de Escudos de la Municipalidad de Campana. ARTICULO 4º: Por Departamento Patrimonio y Seguros procédase a inventariar los bienes que se detallan en el artículo 1º. ARTICULO 5º: Cúmplase. Regístrese y Publíquese.nn