DIGESTO

Expediente N°1775

1775,1984,1984-05-17,1984-05-21,AARTICULO 1° Ratificase en todos sus términos el Convenio celebrado a los doce días del mes de abril de 1984 “ad – referéndum” de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, entre la Municipalidad de Campana y el Banco de la Ribera Cooperativo Limitado, con domicilios legales en Avenida Rivadavia N° 371, Campana, Partido del mismo nombre y calle Urquiza N° 27 de la Ciudad de San Nicolás de los Arroyos, Partido de San Nicolás, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, representados por el Señor Intendente Municipal D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE y los Señores Tomas Domingo DIESO y Jorge Simón SCHNITZER, respectivamente, por el cual el Banco por intermedio de su Sucursal Campana, sita en San Martín N° 98 de esta Ciudad, se hace cargo de la cobranza en sus ventanillas, de los importes de las facturas emitidas por la Municipalidad, correspondiente a las Tasas: Servicios Públicos, Servicios Sanitarios y Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, en las condiciones expresamente establecidas en el mismo, percibiendo por la realización del servicio una tarifa uniforme del uno por ciento 1% sobre el total de los fondos recaudados, siendo el importe resultante deducido de las sumas a depositar en las cuentas corrientes citadas en su Cláusula Tercera, hasta la finalización del ultimo periodo anual consignado para el cobro por parte del Banco, en su cláusula sexta y cuya copia carbónica corre agregada a fs. 7/8 del expediente N° 4016 – 23493/81 Alcance I. ARTICULO 2° Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-