1787,1984,1984-06-21,1984-06-26,AARTICULO 1°.- Otorgase a los Consejeros Escolares del Partido, y como compensación de gastos por la afectación de sus actividades privadas, un subsidio por las sumas que se mencionan a continuacion.-nDesde el 1-1-84 al 30-5-84 la suma de $a 33.500.- a cada uno.nA partir del 1-6-84 la suma mensual de $a 9.000.- a cada uno.nnARTICULO 2°.- Los montos preestablecidos como compensación a partir del 1° de junio de 1984, serán reajustados en la misma proporción que los salarios del personal municipal. ARTICULO 3°.- A los efectos de cumplimentar el artículo anterior, crease en el Presupuesto General de Gastos vigente la siguiente partida, nFINALIDAD I – ITEM I – ADMINISTRACION GENERALn1.3.12. Subsidio al Consejo Escolar ……………. $a 400.000. ARTICULO 4°.- Los fondos necesarios para la creación de partida dispuesta en el artículo anterior se tomaran de las siguientes partidas del Presupuesto General de Gastos vigente:nFINALIDAD I – ITEM I – ADMINISTRACION GENERALn1.1.1.3.5.1 Bonificación por mérito ……………. $a 202.753,07.-nFINALIDAD I – ITEM I – ADMINISTRACION GENERALn1.1.1.3.5.1 Bonificación por mérito ……………. $a 197.246,93. ttTOTAL ……………………………… $a 400.000. ARTICULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-