1794,1984,1984-07-19,1984-07-23,ARTICULO 1º: Sustitúyese el texto de los artículos 2º y 3º de la Ordenanza nº 1777/84, los que quedarán redactados de la siguiente forma:nn“ARTICULO 2º: Ratifícase en todos sus términos los Decretos Nros. 134 del 16 de febrero de 1984, 236 del 5 de abril de 1984 y 292 del 14 de mayo de 1984, por los que se autorizó a la Dirección de Contaduría Municipal a librar los pagos al Sr. Héctor Oscar Roca, L.E. Nº 4.747.617, con domicilio real en calle San Martín Nº 56, de esta ciudad, por las sumas de SIETE MIL PESOS ARGENTINOS $a 7.000.-, los dos primeros y de DIEZ MIL PESOS ARGENTINOS $ a 10.000, el tercero, correspondientes al primer, tercer y cuarto mes de arrendamiento del inmueble sito en Avda. Ing. Agustín Rocca Nº 163/167 de Campana, y el Decreto Nº 214 del 27 de marzo de 1984 por elque se convalida el pago librado por el pago Nº 201 de fecha 1º de marzo de 1984, por la suma de SIETE MIL PESOS ARGENTINOS $a 7.000, correspondiente al segundo mes de arrendamiento, dictados por el Departamento Ejecutivo “ad-referendum” de su convalidación y de la del Contrato cuya copia obra a fs. 2, del expediente Nº 4016-6055/84, por el Honorable Concejo Deliberante, mediante la sanción de la respectiva Ordenanza. “ARTICULO 3º: De acuerdo con la cláusula 4º del contrato de locación que se ratifica en el artículo 1º de esta Ordenanza, se abonarán al propietario del inmueble la suma de DIEZ MIL PESOS ARGENTINOS $ a 10.000, por cada uno de los meses de Mayo y Junio del corriente año. ARTICULO 2 º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-