DIGESTO

Expediente N°1811

1811,1984,1984-08-02,1984-08-08,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus términos el Decreto Nº 406 del 5 de julio de 1984, por el cual el Departamento Ejecutivo autorizó “Ad-referendum” de la respectiva Ordenanza, a la Empresa TRANSPORTES AUTOMOTORES CIUDAD DE CAMPANA S.R.L. Línea 501, a aplicar en jurisdicción del Partido de Campana, a partir de la cero 0 hora del día 4 de Julio de 1984, para el transporte colectivo de pasajeros, las tarifas que a continuación se detallan, de acuerdo a los valores consignados en dichas normas: nnBoleto Escolar …………………………………..$a 1,50.-n1ra. Sección …………………………………….. $a 7,50.-n2da. Sección ……………………………………. $a 9,50.-n3ra. Sección …………………………………….. $a 10.-n4ta. Sección …………………………………….. $a 11.-n5ta. Sección …………………………………….. $a 13.-n6ta. Sección …………………………………….. $a 14.-n7ma. Sección …………………………………… $a 15.-nLos estudiantes de nivel secundario y maestros, que porten distintivo del establecimiento educacional al que asisten, solo abonarán el importe correspondiente a la primera sección.-nLos alumnos de escuelas diferenciadas están exentos del pago del pasaje. ARTICULO 2º: Comuníquese al D. E. a sus efectos.-n