1818,1984,1984-09-06,1984-09-12,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus términos el Decreto Nº 449 del 3 de agosto de 1984, por el cual el Departamento Ejecutivo autorizó “Ad-referendum” de la respectiva Ordenanza, a la Empresa TRANSPORTES AUTOMOTORES CIUDAD DE CAMPANA S.R.L. Línea 501, a aplicar en jurisdicción del Partido de Campana, a partir de la cero 0 hora del día 2 de Agosto de 1984, para el transporte colectivo de pasajeros, las tarifas que a continuación se detallan, de acuerdo a los valores consignados en dicha norma:nnBoleto Escolar …………………………………..$a 1,50.-n1ra. Sección …………………………………….. $a 9.-n2da. Sección ……………………………………. $a 11.-n3ra. Sección …………………………………….. $a 12.-n4ta. Sección …………………………………….. $a 13.-n5ta. Sección …………………………………….. $a 15,50.-n6ta. Sección …………………………………….. $a 17.-n7ma. Sección …………………………………… $a 18. Los estudiantes de nivel secundario y maestros, que porten distintivo del establecimiento educacional al que asisten, solo abonarán el importe correspondiente a la primera sección.-nLos alumnos de escuelas diferenciadas están exentos del pago del pasaje. ARTICULO 2º: Comuníquese al D. E. a sus efectos.-n