DIGESTO

Expediente N°1840

1840,1984,1984-10-31,1984-11-01,ARTICULO 1º.- Establécese una cuota adicional a la Tasa por Servicios Públicos instituida por el Capítulo I, Título II, Parte Especial de la Ordenanza Fiscal vigente para el corriente ejercicio, cuyo valor será el de la última cuota del año 1984 actualizado en un seiscientos por ciento 600%, la cual tendrá vencimiento el día 21 de diciembre de 1984.- nnARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo arbitrara los medios necesarios con el objeto de instrumentar el establecimiento de la cuota adicional de la Tasa por Servicios Públicos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 1°. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n