1879,1985,1985-02-12,1985-06-11,ARTICULO 1 º.- Sustituyese el texto del articulo 27 del Escalafón para el personal de la municipalidad de Campana aprobado por ordenanza Nro. 1.337/78 t.v. por el siguiente : n “ARTICULO 27 : Establécese para el personal con estabilidad quince 15 categorías salariales, correspondiendo a cada una de ellas la cantidad de módulos que se determinan a continuación, los que multiplicados por el valor del modulo que por ordenanza se determine darán por resultado el sueldo de cada clase de los distintos agrupamientos dejándose expresa constancia de que dichas categorías y cantidades de módulos corresponden a 35 horas semanales de albor para los agrupamientos de Personal jerárquico, Profesional, tecnecio y Administrativo, y a 44 horas semanales de labor para los agrupamientos de personal Obrero y de Servicio : ………….nnARTICULO 2 º.- Derogase en todas sus partes el articulo 28 del Escalafón para el Personal de la Municipalidad de Campana aprobado por Ordenanza Nro. 1337/78 t.v.. ARTICULO 3 º : Las disposiciones de la presente ordenanza rigen a partir del día 1 de enero de 1985. ARTICULO 4 º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.