1896,1985,1985-06-06,1985-06-11,ARTÍCULO 1º.- Convalidanse en todas sus términos el Decretos N° 362 de fecha 29 de marzo de 1985 por el que se amplió la Partida 1.1.1.3.5.7. “Bonificación por Horario Discontinuo” en la Finalidad I, Item I, del Presupuesto General de Gastos para el año 1985 en la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA MIL $a 360.000, afectándose para ello fondos de la Partida 1.1.1.3.5.8. “Premio a la Asistencia y Puntualidad” de la misma Finalidad e Item del aludido Presupuesto; como así también se sustituyó el texto del artículo 11° de la Ordenanza N° 1881/85 Complementaria del Presupuesto General de Gastos para 1985 incrementándose del 10% al 25% el porcentaje que podrán percibir en concepto de Bonificación por Horario Discontinuo con carácter mensual los agentes municipales, excluido el Personal Superior y Jerárquico que por razones de servicio tengan asignado dicha clase de horario.- nnARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n