DIGESTO

Expediente N°1900

1900,1985,1985-06-06,1985-06-11,ARTICULO 1º.- El Departamento Ejecutivo a través de la dependencia que corresponda, implementará las medidas tendientes al estudio y ubicación de casas particulares, comercios y establecimientos fabriles de construcciones auténticamente primitivas cuyos objetos y/o materiales hacen a la Historia de Campana. ARTICULO 2º.- A los efectos de dar cumplimiento a lo determinado en el artículo anterior, autorizáse al Departamento Ejecutivo para gestionar la donación o adquisición de objetos o materiales de demoliciones auténticamente primitivas. ARTICULO 3º.- Los objetos y materiales que se obtengan pasaran a enriquecer el patrimonio del Museo Histórico Municipal. ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo establecerá en los futuros presupuestos, las partidas necesarias para dar cumplimiento a lo determinado en el artículo 2° de la presente Ordenanza. ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-