1964,1985,1985-10-03,1985-10-04,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto Nº 708 del 14 de agosto de 1985 del Departamento Ejecutivo, como así también el ANEXO I de dicho Decreto, declarando parte integrante del mismo por los que se dispuso la conversión en AUSTRALES con la paridad que fija el articulo 1º del decreto nacional Nº 1096/85, en virtud de lo establecido en el punto 16 de la Resolución del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en su Acuerdo del 25 de julio de 1985 y teniendo en cuenta el redondeo indicado en su punto 5 de los valores vigentes por imperio de sus disposiciones al 15 de julio de 1985 de la Ordenanza Impositiva del presente Ejercicio Ordenanza Nº 1.876/85 modificada por Ordenanza 1922/85; como así también se transcribió el texto de la precitada Ordenanza Impositiva Año 1985 Ordenanza Nº 1876/85 con las modificaciones introducidas por la Ordenanza 1922/85, cuyos valores han sido actualizados al 14 de agosto del año en curso conforme a sus disposiciones y a las de los Decretos N° 607 y 626 del corriente año dictado por el Departamento Ejecutivo y convalidados por Ordenanza Nº 1935/85, los que se consignan en el nuevo signo monetario. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-,1986-07-18;