DIGESTO

Expediente N°1979

1979,1985,1985-11-15,1985-11-19,RTÍCULO 1º.- Exímese por el ejercicio fiscal año 1985 a la Proveeduria Sindical perteneciente al Sindicato de Obreros Ladrilleros a Maquina y Anexos SOLMA, del pago de los derechos que le corresponde por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene en razón de que la misma se encuentra comprendida en las disposiciones del articulo 43º de la Ley de Asociaciones Profesionales Nº 22.105/79. ARTÍCULO 2°.- Condonase la deuda que por el mismo concepto la citada Proveeduria mantiene con la Municipalidad por el 2º , 3º y 4º cuatrimestre del ejercicio año 1984. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-