2035,1986,1986-06-19,1986-06-24,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes los Decretos Nro. 229 y 230, de fecha 7 de abril de 1986, del Departamento Ejecutivo, por los que se dispuso el cobro de un Segundo Anticipo para cada uno de los Títulos : II – Barrido, Limpieza, Conservación de la Vía Pública, Ornato de Calles, Plazas, Paseos, etc., y III – Servicios Sanitarios – , de la Tasa por Servicios Públicos correspondientes al año 1986, consistente en el SETENTA POR CIENTO 70% y en el SESENTA POR CIENTO 60%, respectivamente, del impuesto establecido para dicha Tasa en el año 1985. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n