2138,1987,1987-06-04,1987-06-08,nARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio celebrado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Administrador General, Arq. Horacio ALCUAZ, y la Municipalidad de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dn. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, a los 10días del mes de marzo de 1987, con el objeto de la aportación financiera para la construcción de CUARENTA 40 viviendas económicas por el Sistema Autoconstruccion, en DOS 2 etapas de VEINTE 20 unidades cada una, en este Partido, para cuyo propósito el citado Organismo Provincial aporta la suma de CIEN MIL AUSTRALES A 100.000.-, y el que en fotocopia conforma el ANEXO I de esta Ordenanza, el que se declara parte integrante de la misma. ARTICULO 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a prever en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a futuros ejercicios los fondos necesarios para dar cumplimiento a los establecido en el artículo 4° del Convenio que se convalida en el artículo anterior. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-