DIGESTO

Expediente N°2289

2289,1988,1988-07-14,1988-07-18,ARTICULO 1º.- Incluyese en el artículo 8°, Capitulo IV – Del Pago del Tributo, de la Ordenanza N° 1947/85 la siguiente forma de pago:ntPLAN IV:tPara aquellos cuya situación económica no les ha permitido acceder a los Planes I, II ó III, se establece la posibilidad de optar por el pago en hasta ciento sesenta 160 cuotas mensuales y consecutivas, cuyo valor no podrá superar el diez por ciento 10% de sus ingresos mensuales.nEl servicio social municipal efectuara encuestas socio – economía a los interesados en acogerse a esta Plan a los fines de verificar su situación”. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n