2430,1989,1989-09-07,1989-09-18,ARTICULO 1º.- Sustituyense el texto del artículo 6° de la Ordenanza N° 1149/75 tv por el siguiente:nntARTICULO 6º.- En la Avenida Ing. A. Rocca, solo se permitirá el transito de camines con un peso bruto de hasta cuatro mil kilogramos 4.000kg., y con destino al abastecimiento de los comercios allí instalados, de lunes a sábados en el horario de 8.00 a 10.00 y de 16.00 a 18.00 horas. ARTICULO 2º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n