2526,1990,1990-06-21,1990-06-27,nARTICULO 1º: Concédase al OBISPADO DE ZARATE CAMPANA, derecho de uso con carácter gratuito, por el término de noventa y nueve 99 años, renovable, de la fracción que se encuentra sobre la calle principal del Cementerio Municipal ubicada en el límite de las Secciones 6ta. Y 7ma. En el extremo Oeste de los nichos municipales próximos al Panteón de la Familia Costa, individualizada en croquis obrante a fs. 7 del expediente Nº 4016-14.243/90, para ser destinada a la inhumación de los restos de sacerdotes diocesanos fallecidos, aunque no fueran residente de Campana, y para los cuales no haya otra forma de sepultura, los que una vez reducidos serán trasladados a la cripta de ese Obispado. ARTICULO 2º: La concesión que se dispone en el artículo anterior se otorga bajo las siguientes condiciones:naDeberán mantenerse los árboles existentes.-nbLas sepulturas deberán estar cubiertas por césped o pastura similar.-ncSólo se podrá colocar sobre las sepulturas una placa de mármol o material granitico o similar, a nivel de tierra y de tamaño uniforme.-ndUnicamente se podrá colocar un florero a nivel de tierra cuya características y medidas serán uniformes. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n