2705,1991,1991-08-22,1991-08-28,ARTÍCULO 1º.- Fijase en la suma de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL AUSTRALES A 184.075.367.000.- el Presupuesto General de Gastos para el año 1991 de esta Comuna, conforme a la Planilla que como ANEXO II forma parte integrante de esta Ordenanza y que se aprueba por la misma. ARTÍCULO 2º.- Estimase en la suma de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL AUSTRALES A 184.075.367.000.- el Cálculo de Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos para el año 1991, conforme al detalle que obra en la Planilla que como ANEXO I forma parte integrante de esta Ordenanza y que se aprueba por la misma. ARTÍCULO 3º.- Determinase en SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO 798 los cargos en la Planta Permanente del Departamento Ejecutivo; y en DIECIOCHO 18 Concejales, UN 1 Secretario del Honorable Concejo Deliberante, y CUATRO 4 cargos, la Planta Permanente de Personal del Departamento Deliberativo; conforme a la escala consignada en la Planilla Detalle de Sueldos Individuales que se aprueba por la presente Ordenanza y que como ANEXO I forma parte integrante de la misma. ARTÍCULO 4º.- Fijase en la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO AUSTRALES A 794.- a partir del 1° de enero de 1991, y de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES AUSTRALES A 953.- a partir del 1° de enero de 1991, el valor del módulo a que se refiere el texto vigente del artículo 27° del Escalafón para el Personal de la Municipalidad de Campana aprobado por Ordenanza N° 1337/78 y sus modificatorias. ARTÍCULO 5º.- Apruébanse la Planilla Analítica de Créditos Globales, la Planilla de Retribuciones Globales, el Nomenclador de la Clasificación de los Recursos, y el Nomenclador de la Clasificación de las Erogaciones, que como ANEXOS III, V, VI y VII, respectivamente, se declaran parte integrante de esta Ordenanza. ARTÍCULO 6º.- Facultase al Departamento Ejecutivo para ajustar las remuneraciones del personal municipal, de acuerdo a los objetivos de la política salarial, y para hacer extensivos los ajustes al personal de planta permanente con estabilidad y al personal de planta temporaria del Departamento Deliberativo, como asimismo para efectuar las adecuaciones presupuestarias que por tal motivo correspondan; autorizándoselo a los fines de instrumentar los incrementos salariales, a modificar el valor del módulo establecido en el artículo 4° de esta Ordenanza. ARTÍCULO 7º.- Facultase al Departamento Ejecutivo para proceder por Decreto a la actualización del Cálculo de Recursos, según los índices de corrección que establece la Ordenanza Impositiva vigente, a partir de la fecha en que de acuerdo a las disposiciones de ésta se torne factible la aplicación de los respectivos índices; y a trasladar tal actualización al Presupuesto General de gastos sobre las Partidas cuyo crédito sea insuficiente para atender el normal funcionamiento del Municipio. ARTÍCULO 8º.- La presente Ordenanza será publicada oficialmente en la Edición Especial que a tal efecto se emitirá en el Boletín Municipal. ARTÍCULO 9º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-