2746,1991,1991-12-04,1991-12-10,ARTICULO 1º: Autorizase la venta en subasta publica de los bienes muebles en condición de rezago pertenecientes al patrimonio municipal que se detallan en el listado que como “ Anexo I” forma parte de esta Ordenanza.- nnARTICULO 2º: La subasta publica a que hace referencia el articulo 1º, será efectuada por el Banco Municipal de la Plata, con sede en Diagonal 74 esquina 48 de la ciudad de La Plata, en base a la tasación realizada por esa institución bancaria modificada por el Departamento Deliberativo, dentro de la modalidad especificada en la Planilla “Condiciones de Venta”, que como “ANEXO II” forma parte también de la presente. ARTICULO 3 º : Todos los tramites tendientes a la efectivización de la subasta a que se refiere esta Ordenanza, como así también todas las publicaciones y publicidad respectivas serán efectuadas por el banco Municipal de La Plata. ARTICULO 4 º : El producido de la subasta ingresara al Rubro 2.3.1. “Venta de Bienes Municipales” del calculo de recursos vigente al momento en que se concreten las operaciones emergentes de la subasta publica autorizada en el articulo 1 y sujeta a las condiciones establecidas en los articulo 2º y 3 º previa deducción de los gastos por publicaciones y por publicidad, que estarán a cargo de la comuna de acuerdo a las disposiciones preestablecidas en documentación obrante en el expediente Nro. 4016-24292/91. ARTICULO 5 º : El importe neto resultante que ingresara, de acuerdo a lo descripto en el articulo 4º, será determinadamente imputado para la adquisición de maquinarias, mas específicamente tractores. ARTICULO 6 º : Incrementase la base estipulada por el Banco Municipal de La Plata en la tasación obrante a fs. 8/12 del expediente 4016-24292/91 respectivamente a los bienes que integran los lotes que se mencionan a continuación, la que se fija en los importes que apra cada uno de ellos se consigna : ….nnARTICULO 7 º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-n