2849,1992,1992-12-29,1992-12-30,ARTICULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para la Construcción de un Pabellón de Nichos en el Cementerio Municipal, por el sistema de Concesión de Obra Publica a Titulo Oneroso, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2 º : Facultase al Departamento Ejecutivo para que dentro de los treinta 30 días hábiles a partir de la entrada en vigencia de esta ordenanza, proceda al llamado a licitación publica para la concesión de dicha obra. ARTICULO 3º: La concesión no implicara exclusividad o monopolio alguno. El Departamento Deliberativo podrá otorgar concesiones a otras empresas, siguiendo el procedimiento legal pertinente.- nnARTICULO 4 º : La concesionaria no podrá transferir, ceder o arrendar la concesión, ni fusionarla con otra, sin el acuerdo previo del departamento Deliberativo Municipal. ARTICULO 5 º .- La concesionaria estará sujeta al pago de todas las tasas y gravámenes municipales emergentes del ejercicio de la actividad que hace a la prestación del servicio que resulte de al concesión. ARTICULO 6 º .- La concesionaria deberá someter la actualización de sus tarifas a la consideración de la Municipalidad. Dichas tarifas no se tendrán por vigentes mientras el departamento Deliberativo no las apruebe mediante Ordenanza y el departamento Ejecutivo no la promulgue. ARTICULO 7 º .- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación. ARTICULO 8 º .- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n