2866,1993,1993-04-29,1993-05-05,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 188/93, del 17 de febrero de 1993, del Departamento Ejecutivo, por el que se concedió a la LIGA ARGENTINA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER LALCEC Filial Campana, inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público bajo N° 045, un plazo de CINCO 5 meses a contar del momento de su notificación para depositar en la Tesorería Municipal, en cumplimiento a la obligación consignada en el artículo 16 de la Ordenanza N° 1458/79, el importe correspondiente al CINCO POR CIENTO 5% del monto total a emitir en billetes de la Rifa “LALCEC 1993”, según autorización conferida mediante Decreto N° 161/93nnARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n