2916,1993,1993-11-04,1993-11-15,ARTÍCULO 1º.- Desaféctase del Area Rural, al inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, Sección H, Chacra 12, Fr. I, Parcela 2k. ARTÍCULO 2º.- Incorporase a la parcela mencionada en el artículo 1° al Area Urbana, Subárea Semiurbanizada SU3.-n nARTÍCULO 3º.- De acuerdo a lo determinado en el articulo 2°, este sector responderá a lo establecido en la FICHA URBANISTICA N° 13 del Area Urbana, Subárea Semiurbanizada SU3, del Código de Planeamiento Urbano, en lo que hace a usos, retiros, restricciones y dimensiones mínimas de parcela. ARTÍCULO 4º.- Infraestructura de Servicios prevista: agua corriente, cloacas, alumbrado público, energía eléctrica, pavimento y desagües pluviales; no se visará ninguna subdivisión si no cumplimentan estas obras de infraestructura. ARTÍCULO 5º.- Se dará cumplimiento al artículo 56 del Decreto – Ley N° 8912/77 en materia de Cesiones de Area Verde y de Reserva de uso público. ARTÍCULO 6º.- Declarase parte integrante de la presente Ordenanza a la Planilla de Densidad Bruta del Partido de Campana, la que se adjunta como ANEXO I. ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. tt