DIGESTO

Expediente N°2947

2947,1993,1993-12-16,1993-12-27,ARTÍCULO 1º.- Modificase el artículo 1º, inciso b, de la Ordenanza Nº 2064, que quedará redactado de al siguiente forma: n“ b justificar en forma fehaciente no poseer otros ingresos más que el proveniente de su jubilación o pensión, que en ambos casos no podrá sobrepasar dos veces el monto correspondiente a la jubilación mínima”. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-