DIGESTO

Expediente N°2948

2948,1994,1994-01-26,1994-01-27,ARTICULO 1º: Ampliase la adjudicación efectuada por Ordenanza Nro. 2.855/93, a la firma LIFE S.A. con domicilio real y legal en la Avda. Corrientes Nro. 345, capital Federal, y en especial en la calle Balcarce Nro. 553, de la ciudad de Campana, para la prestación de los servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza de calzadas y disposición final, hasta la finalización del plazo estipulado en el contrato celebrado el 14 de mayo de 1993, con la opción de prorroga prevista en el mismo, en hasta la suma de CUARENTA Y SIETE MIL PESOS $47.000 mensuales, y en un todo de acuerdo al pliego de bases y condiciones aprobado por Ordenanza Nro. 2845/92, a la propuesta obrante a fs. 472/486 del Alcance I, Cuerpo I del expediente Nro. 4016-32.684/92 y a la mejora obrante a fs. 1029/1031 del cuerpo IV del referido alcance. ARTICULO 2 º : La ampliación dispuesta en el articulo anterior es a los fines de cubrir la prestación de los siguientes servicios:nRecolección diaria de residuos domiciliarios, carga, transporte y descarga en terreno destinado al tratamiento final, en los barrios: 9 de Julio, Dallera, Romano, Villanueva, las Acacias, Las Campanas, Don Francisco, Las Colinas de Otamendi, Albizola, San jacinto, San Felipe, San Cayetano, Santa Lucia y Pedriel.nRecolección, carga, transporte y descarga de montículos en los Barrios La Esperanza, Lubo, La Argentina, La Josefa, 9 de Julio, Dallera, Romano, Villanueva, Las Acacias, Las Campanas, Don Francisco, Las Colinas de Otamendi, Albizola, San Jacinto, San Felipe, San Cayetano, Santa Lucia y Pedriel.nBarrido manual o mecánico de calzadas pavimentadas, en los barrios Lubo y San Felipe. ARTICULO 3 º : Autorizase al Departamento Ejecutivo a regular la ampliación establecida en el articulo 1 de la presente ordenanza, en la medida en que los equipos municipales con los que hasta la fecha se efectúa la prestación de los servicios enunciados precedentemente, sean afectados a otras tareas. ARTICULO 4 º : Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato adicional con la adjudicataria, en idénticas condiciones a las consignadas en el suscripto el 14 de mayo de 1993, en el que se detallaran los servicios a realizar, los equipos y la mano de obra que la concesionaria deberá disponer para su prestación y los montos mensuales que se le abonaran, los que no podrán superar la suma estipulada en el articulo 1 º . ARTICULO 5 º : Los fondos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato que se celebre de acuerdo a las disposiciones de esta ordenanza, se tomaran de la Partida 1.1.2.12.2. “ Contratación, Prestación de Servicios de Limpieza” , del Capitulo II –Departamento Ejecutivo, Finalidad III – Servicios Especiales Urbanos, item I – servicios municipales del Presupuesto General de Gastos vigente en el año 1994 y de las que al efecto prevera el Departamento Ejecutivo en los Presupuestos Generales de Gastos de futuros ejercicios. ARTICULO 6 º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-