DIGESTO

Expediente N°2961

2961,1994,1994-05-05,1994-05-18,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 202, del 15 de febrero de 1994, del Departamento Ejecutivo, por el que se prorrogó por el término de SEIS 6 meses, a contar del 28 de febrero de 1994, el beneficio implementado mediante Decreto N° 894/93, dictado por ese Cuerpo en ejercicio de la facultad conferida en la Ordenanza N° 2900/93, a los efectos de la suspensión, durante ese lapso, de los recargos establecidos en los incisos a y b del artículo 27 de la Ordenanza N° 2837/92 Ordenanza Impositiva, exclusivamente para las construcciones individualizadas en los Items. I.1. Viviendas Unifamiliares; I.2. Viviendas Multifamiliares; y I.4, Oficinas , locales de negocios, consultorios, del artículo 24 de la misma norma, contemplándose hasta SEIS 6 cuotas mensuales para el pago de los Derechos de Construcción respectivos.- nnARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-