3027,1994,1994-10-20,1994-10-26,ARTÍCULO 1º.- Rectificase, a los fines de lo dispuesto en la Cláusula Décima Primera del Anexo 1993 del Convenio de Descentralización Tributaria – Impuesto Inmobiliario Rural, suscripto en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 3° de la Ordenanza N° 2939/93, la afectación del cincuenta por ciento 50% de los fondos ingresados al Municipio en concepto de retribución por la administración del aludido tributo provincial, dispuesta en el artículo 1° de esa Ordenanza, la que se determina en la siguiente forma:n“Ampliación Redes de Desagües Pluviales en el Barrio La Josefa – Tercera Etapa”, Costo: OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON VEINTITRES CENTAVOS $ 83.976,23.n“Iluminación Avenida Tte. Gral. J. D. Perón, en el tramo comprendido entre la calle Gral. Belgrano y la Avda. Cnel. D. Del Valle Larrabure – I Etapa”. Costo: SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS $ 61.665,69. ARTÍCULO 2º.- Rectificase, a los fines de lo dispuesto en la Cláusula Undécima del Anexo 1993. del Convenio de Descentralización Tributaria – Impuesto sobre los Ingresos Brutos, suscripto en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 3° de la Ordenanza N° 2939/93, la afectación del cincuenta por ciento 50% de los fondos ingresados al Municipio en concepto de retribución por la administración del aludido tributo provincial, dispuesta en el artículo 2° de esa Ordenanza, la que se determina en la siguiente forma:nObra: “Construcción Cordón Cuneta de hormigón simple en calle Salmini, desde Alvear hasta Arenales”: SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS $ 74.935.-.nObra: “Senda Peatonal Barrios La Josefa – Lubo” : CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS $ 45.936.-.n“Iluminación Avenida Tte. Gral. J. D. Perón, en el tramo comprendido entre la calle Gral. Belgrano y la Avda. Cnel. D. Del Valle Larrabure – II Etapa”. Costo: DIEZ UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS $ 10.840.-.-nObra: “Dársenas, vibradores, señalización en arterias varias de la Ciudad”. Costo aproximado: CUARENTA Y SIETE MIL PESOS $ 47.000.-.-nAporte de capital para la construcción de la Escuela de Educación Especial N° 502: TREINTA Y CINCO MIL PESOS $ 35.000.-. ARTÍCULO 3º.- A los fines de hacer efectivo el aporte de capital determinado en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo transferirá la suma destinada al efecto a la ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL N° 502, la que deberá presentar rendición de cuentas documentada de su inversión, en un plazo no mayor de TREINTA 30 días de realizada la misma. ARTÍCULO 4º.- Derógase la Ordenanza N° 2963/94. ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n