DIGESTO

Expediente N°3041

3041,1994,1994-11-17,1994-11-29,RTICULO 1º.- Exímese a el CENTRO GALLEGO SOCIEDAD MUTUAL, inscripta en el Registro Municipal de Entidades de Bien bajo N° 005, de efectuar el deposito previsto en el artículo 16 de la Ordenanza N° 1.458/79 tv, consistente en el CINCO POR CIENTO 5% del monto total a emitir en billetes de la rifa cuya autorización gestiona en el expediente N° 4016- 11.831/94; sin que ello implique la exención alguna respecto de las demás obligaciones contenidas en esa norma legal. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-