3048,1994,1994-12-01,1994-12-05,ARTICULO 1º.- Suspéndese, durante el mes de enero de cada año, los plazos administrativos estipulados en la Ordenanza General N° 267 y en toda otra normativa municipal vigente, con la excepción de aquellos relacionados con la fecha de vencimientos para el pago de tributos, contribuciones por mejoras, multas, recargos y/o derivados de sanciones contravencionales. ARTICULO 2º.- Las disposiciones de esta Ordenanza regirán a partir del 1° de enero de 1995. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-