3063,1994,1994-12-22,1994-12-27,ARTICULO 1º .- Sustitúyase el artículo 27 del escalafón para el Personal de la municipalidad de Campana, aprobado por Ordenanza Nro. 1337/78 y sus modificatorias, por el siguiente:n“ ARTICULO 27.- Determinanse para el Personal de Planta Permanente von estabilidad, dieciocho 18 categorías salariales, desarrolladas conforme se indica en este artículo.n A cada una de dichas categorías salariales corresponderá la cantidad de módulos que fijará el Departametno Ejecutivo.nEl sueldo básico correspondiente a cada categoría se determinará multiplicando la cantidad de módulos por el valor que se fije para el mismo.n nARTICULO 2 º .- Inclúyase el siguiente artículo en el Escalafón para el Personal de la Municipalidad de Campana aprobado por Ordenanza 1337/78 y sus modificatorias: “ARTICULO 28.- Para determinar el sueldo básico que corresponderá a cada una de las categorías salariales mencionadas en el artículo 27, según las jornadas sean de treinta y cinco 35, cuarenta y cuatro 44 o cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor, se fijarán distintos valores de módulo para cada uno de dichos regímenes horarios”. ARTICULO 3º .- Las disposiciones de esta ordenanza comenzarán a regir en la misma fecha en que entre en vigencia el Presupuesto General de Gastos para el año 1995. ARTICULO 4 º .- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-