3120,1995,1995-09-07,1995-09-14,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio celebrado el 30 de mayo de 1995, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal Calixto Bartolomé DELLEPIANE, y la Subsecretaria de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Delegado Regional de la Subsecretaria de Trabajo Delegación Regional Campana, Dr. Mario H. GRIGUOLO, con el propósito de asegurar el funcionamiento del Organismo Provincial en este Partido, que en copia firmada corre a fs. 8 del expediente N° 4017 – 28005/92, Alcance I. ARTÍCULO 2º.- Convalidase en todas sus partes el Contrato del Locación suscripto el 30 de mayo de 1995, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal Calixto Bartolomé DELLEPIANE , y el Sr. Luis BENAIN DNI: Nro. 10.081.555, a los fines de la locación del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 41, Parcela 4, sito en calle San Martín N° 239, de Campana, en la suma mensual de SEISCIENTOS PESOS $600, según paridad Ley Nacional Nro. 23928, por el término de TRES 3 años, a contar del 1º de julio de 1995, para ser destinada al funcionamiento de la Delegación Regional Campana de la Subsecretaria de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires o un destino acorde con las funciones propias del Municipio, en el caso de que el organismo provincial desocupara el local por razones propias de su voluntad antes de la finalización del plazo contractual, el que en fotocopia corre a fs. 14/15 del expediente N° 4017 – 28005/92, Alcance I. ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato que se convalida en el artículo anterior, la Partida a la que se afectará la erogación que demande el cumplimiento de las obligaciones emergentes del mismo. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-