3135,1995,1995-11-02,1995-11-10,ARTICULO 1º: Sustitúyese el texto del artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.046/94, por el siguiente:n“ARTICULO 1º: Dónase al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS “ILUSION DE LA TERCERA EDAD”, inscripto en el Registro de Entidades de Bien Público de esta Comuna bajo Nº 142, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección G, Manzana 18, parcela 1; ubicado en la intersección de las calles Necochea y Liniers, de la Ciudad de Campana, con una superficie de UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS 1.274,36 m2 perteneciente a la Municipalidad de Campana de acuerdo al lo establecido en la Resolución Nº 676/80 emanada del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de las disposiciones del Decreto – Ley 9.533/80, prestando la donataria servidumbre de paso a favor de la Municipalidad en un sector de NUEVE METROS 9 m de frente por DOCE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS 12,50 m de fondo, ubicado en el extremo S.O. de la parcela, con frente a la calle Necochea, individualizado en la fotocopia de la plancheta catastral obrante a fs. 22 del expediente Nº 4016-11.734/94, para la atención del pozo de bombeo allí existente”. ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n