3151,1995,1995-11-28,1995-11-29,ARTÍCULO 1º.- Fijase en la suma de VEINTIUN MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS $ 21.116.950.- el Presupuesto General de Gastos para el año 1996 de esta Comuna, conforme al ANEXO II – PLANILLAS A y B, que forman parte integrante de esta Ordenanza y que se aprueban por la misma. ARTÍCULO 2º.- Estimase en la suma de VEINTIUN MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS $ 21.116.950.- el Cálculo de los Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos para el año 1996, conforme al ANEXO I – PLANILLAS A y B, que forman parte integrante de esta Ordenanza y que se aprueban por la misma. ARTÍCULO 3º.- Determinanse en SETECIENTOS CUARENTA Y UNO 741 los cargos de la Planta Permanente de Personal del Departamento Ejecutivo y en DIECIOCHO 18 Concejales, UN 1 Secretario del Honorable Concejo Deliberante, y SEIS 6 cargos, la Planta Permanente de Personal del Departamento Deliberativo; conforme a las escales consignadas en las Planillas: Detalle de Sueldos Individuales del Personal de la Planta Permanente; y Detalle de Cargos y Sueldos Individuales que se aprueban por la presente Ordenanza y que como ANEXO IV forma parte integrante de la misma. ARTÍCULO 4º.- .Fijanse los valores del módulo a que se refiere el artículo 27 del Escalafón para el Personal de la Municipalidad de Campana, aprobado por Ordenanza N° 1337/78 y sus modificatorias, a partir de las fechas que respectivamente se señalan, para cada uno de los regímenes horarios que particularmente se mencionan, en los importes que en cada caso se indican:nRegimen HorariotValor del Módulo a partir del 1° – 1 – 96tValor del Módulo a partir del 1° – 2 – 96n30 horas semanalest——–t$ 1,11n35 horas semanalest$ 1,29t$ 1,29n39 horas semanalest——–t$ 1,43n42 horas semanalest——–t$ 1,55n44 horas semanalest$ 1,61t$ 1,61n48 horas semanalest$ 1,77t$ 1,77nnARTÍCULO 5º.- Apruébanse la Planilla Analítica de Créditos Globales, la Planilla de Retribuciones Globales, el Nomenclador de la Clasificación de los Recursos y para la Clasificación Funcional, que como ANEXOS III, V y VI, respectivamente, se declaran parte integrante de esta Ordenanza. ARTÍCULO 6º.- Facultase al Departamento Ejecutivo para ajustar las remuneraciones del personal municipal, de acuerdo a los objetivos de la política salarial, y para hacer extensivos los ajustes al personal de planta permanente con estabilidad y al personal de planta temporaria del Departamento Deliberativo, como asimismo para efectuar las adecuaciones presupuestarias que por tal motivo correspondan; autorizándoselo a los fines de instrumentar los incrementos salariales, a modificar los valores del modulo establecidos en el artículo 4° de esta Ordenanza. ARTÍCULO 7º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar un descuentos de hasta DIEZ POR CIENTO 10% anual a los contribuyentes que anticipen sus pagos de tasas municipales, de acuerdo a la reglamentación que el mismo dicte al efecto. ARTÍCULO 8º.- La presente Ordenanza será publicada oficialmente en la Edición Especial que a tal efecto se emitirá del Boletín Municipal y regirá a partir del 1° de enero de 1996. ARTÍCULO 9º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n