3154,1995,1995-12-22,1995-12-29,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 820 del 20 de octubre de 1995, del Departamento Ejecutivo, por el que se prorroga hasta el 5 de diciembre de 1995 inclusive, el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 13 de la Ordenanza N° 3086/95; y se mantienen vigentes disposiciones de la citada norma legal. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n