DIGESTO

Expediente N°3155

3155,1995,1995-12-22,1995-12-29,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 1010 del 11 de diciembre de 1995, del Departamento Ejecutivo, por el que se prorroga hasta el 19 de diciembre de 1995 inclusive, el plazo establecido en el artículo 1º del Decreto N° 820/95, ya prorrogado por Decreto N° 934/95, y se mantienen en vigencia hasta esa fecha las modalidades de pago, beneficios y condiciones consignadas en dicho acto administrativo. ARTÍCULO 2º.- Facultase al Departamento a prorrogar las disposiciones del Decreto N° 820/95 en el caso de estimarlo necesario a los fines de satisfacer los requerimientos de los contribuyentes. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n