DIGESTO

Expediente N°3176

3176,1996,1995-12-28,1996-01-05,ARTICULO 1º.- Prohíbese la circulación vehicular en la Avenida Ing. Agustín Rocca, desde la calle 25 de Mayo hasta la calle Dellepiane, únicamente durante el mes de enero de 1996, en carácter de prueba, exclusivamente los días sábados en el horario de 20 a1 horas ; domingos y feriados, en horario de 20 a 24 horas. ARTICULO 2º.- Habilitase la circulación peatonal en toda la extensión de la Avenida Ing. Agustín Rocca, desde la calle 25 de Mayo hasta la calle Dellepiane, y la instalación de puestos artesanales exclusivamente, siendo el Departamento Ejecutivo quien dispondrá el control correspondiente al efecto. ARTICULO 3º.- Habilitase a comercios tales como bares y heladerías, a utilizar la calzada para la colocación de mesas y sillas. ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo deberá ejercer un estricto control con Policía de Transito y la colocación de vallas de protección, demarcando la extensión de al Avenida Rocca, acorde a lo que establece el artículo 1° de la presente Ordenanza. ARTICULO 5º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria de Cultura, preverá la organización de espectáculos públicos, de carácter cultural, durante los días y horarios que se estipulan en el artículo 1° de la presente Ordenanza. Estará prohibido la realización de todo acto cultural que no sea organizado y/o auspiciado por la Secretaria de Cultura de la Municipalidad de Campana. ARTICULO 6º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a prorrogar por el termino de treinta 30días las disposiciones de la presente Ordenanza. ARTICULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n